viernes, 28 de agosto de 2009

CRIMEN DE LESA HUMANIDAD


La definición de crimen contra la humanidad o crimen de lesa humanidad recogida en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional comprende las conductas tipificadas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualesquiera actos inhumanos que causen graves sufrimientos o atenten contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

Este tipo de delito, tal como el propio Estatuto de Roma lo establece, no sólo lo comete un Estado sino también una "organización política"; por tanto aquellos crímenes tales como atentados, secuestros, torturas y asesinatos cometidos por una organización terrorista o guerrillerra también pueden ser encuadrados como crimen de lesa humanidad. Estos actos también se denominan crímenes de lesa humanidad. Leso significa agraviado, lastimado, ofendido: de allí que crimen de lesa humanidad aluda a un crimen que ofende, agravia, injuria a la Humanidad en su conjunto.

Características de estos delitos:

  • Sujeto activo: los crímenes pueden ser realizados por funcionarios estatales (con independencia de su jerarquía o cargo) o por miembros de una organización política.
  • Sujeto pasivo: debe tratarse de un ataque contra la población civil.
  • Acción típica:
    • No sólo se refiere a ataques militares: puede producirse tanto en tiempo de guerra como en tiempo de paz.
    • El ataque tiene que ser generalizado o sistemático, por lo que los actos aislados o cometidos al azar no pueden ser considerados incluidos en esta tipificación.

Tipos de Delitos:

Según el Estatuto de Roma, pueden constituir crímenes de lesa humanidad los 11 tipos de actos siguientes:

  • Asesinato: homicidio intencionado.
  • Exterminio: imposición intencional de condiciones de vida, entre otras la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población.
  • Esclavitud: ejercicio de derechos de propiedad sobre una persona, incluido el tráfico de personas, en particular de mujeres y niños;
  • Deportación o traslado forzoso de población: expulsión de personas de la zona donde están presentes legítimamente sin motivos autorizados por el derecho internacional, entendiéndose que la deportación supone cruzar fronteras nacionales y que el traslado forzoso, no.
  • Encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional.
  • Tortura: dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales, causados intencionadamente a una persona que el acusado tenía bajo su custodia o control.
  • Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable: la violación y otros abusos sexuales pueden constituir también otros crímenes de la competencia de la Corte, como tortura en tanto que crimen de lesa humanidad o crimen de guerra.
  • Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género o por otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier crimen comprendido en el Estatuto. Por persecución se entiende la privación intencionada y grave de derechos fundamentales en violación del derecho internacional en razón de la identidad de un grupo o colectividad. Se castiga en relación con otro acto que constituya un crimen de lesa humanidad, un crimen de guerra o un genocidio.
  • Desaparición forzada de personas: detención o secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, consentimiento o aquiescencia, junto con la negativa a reconocer la privación de libertad o a proporcionar información sobre la suerte que han corrido los «desaparecidos» con la intención de privarlos de la protección de la ley durante un largo periodo.
  • Crimen de apartheid: actos inhumanos cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial por otro con la intención de mantener ese régimen.
  • Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionadamente grandes sufrimientos o atenten contra la integridad física o la salud mental o física: actos inhumanos de gravedad similar a otros crímenes contra la humanidad.

GARZÓN DICE QUE ES “EVIDENTE” EL RIESGO PARA LOS DERECHOS HUMANOS EN HONDURAS

Honduras Coup

EFE

Tegucigalpa.- El juez español Baltasar Garzón dijo hoy que “es evidente” la situación de riesgo de los derechos humanos en Honduras, después del golpe de Estado contra el presidente Manuel Zelaya.

En rueda de prensa, Garzón indicó que en Honduras ha podido “ver a personas con fracturas de clavículas, manos, golpes en rostro, cuerpo, relatos de líderes políticos que están siendo perseguidos, amenazados”.

Agregó que no señalaría “quién o quiénes” son los responsables de esos delitos, pero que las autoridades tienen “la obligación ineludible de atender y proteger al máximo el principio de igualdad ante la ley”.

“Creo que no se está respetando y lo digo con todo respeto hacia las instituciones hondureñas”, dijo.

En opinión de Garzón, quien llegó el domingo a Honduras invitado a participar en un foro auspiciado por organismos de derechos humanos, “el sistema judicial que existía antes, durante y después del golpe de Estado, debe de responder en forma independiente ante las demandas que los ciudadanos están produciendo”.

Garzón resaltó que lo que ocurra en Honduras o cualquier país en materia de violaciones a los derechos humanos “se refleja en la comunidad internacional”.

“Honduras no es un país único en el mundo, que no engañen aquellos que afirman que a nadie le interesa lo que aquí sucede, que no crean que dicen verdad aquellos que afirman que no tenemos nada que hacer aquí aquellos que somos de afuera. Cuando se trata de defensa de derechos humanos, no hay fronteras”, advirtió Garzón.

Acompañaron a Garzón en la rueda de prensa el secretario general de la Federación Internacional de Derechos Humanos, Luis Guillermo Pérez, y Manuel Ollé, presidente de la Asociación Pro Derechos Humanos de España.

Pérez indicó que en Tegucigalpa se han reunido con representantes de diversos sectores, incluso autoridades judiciales, para conocer sobre lo que ha ocurrido en Honduras tras el golpe de Estado a Zelaya, el 28 de junio pasado.

Agregó que han constatado “un deterioro de la situación de derechos humanos” en el país, marcado por la “persecución política sistemática generalizada contra todos aquellos partidarios del presidente Zelaya, o que protestan o se movilizan contra el golpe de Estado”.

Esa represión, según Pérez, tiene diferentes formas de desarrollarse, en las que intervienen diversos órganos del Estado, sectores privados y medios de comunicación.

Pérez afirmó que “hay una ausencia de los organismos de control del Estado que asegure que se investiguen oportunamente esas violaciones”, y que eso “motiva una sensación de parte de estos sectores sociales vulnerables afectados en su derecho de estar absolutamente inermes ante el Estado”.

Agregó que ya se han dirigido a la Corte Penal Internacional (CPI) siete comunicaciones sobre violaciones a los derechos humanos, “en particular de crímenes de lesa humanidad” que podrían ser de competencia de ese tribunal, aunque no precisó detalles.

Ollé, por su parte, expresó que esperan que las autoridades juzguen hechos como “detenciones arbitrarias, lesiones a la vida, lesiones físicas torturas y a la libertad de expresión”, y den curso “con máxima celeridad, garantías y respeto al debido proceso”, a todas las denuncias que se han presentado.

“Si se garantiza la impunidad, será un crimen internacional que afectará a toda la comunidad internacional”, indicó Ollé, al agregar que en ese caso los casos se trasladan a la CPI u otra instancia internacional en base al “principio de justicia universal”.


http://mysteryhonduras.wordpress.com/2009/08/26/garzon-dice-que-es-evidente-el-riesgo-para-los-derechos-humanos-en-honduras/

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